Wiesław Kozielewicz: Soy juez del Tribunal Supremo, no un político
Antes de abordar esta cuestión, permítanme recordarles que hace más de 35 años, como resultado de la iniciativa legislativa del Gobierno de Tadeusz Mazowiecki, la Ley de 20 de diciembre de 1989 introdujo un nuevo sistema para conocer de los casos disciplinarios de los jueces de todo tipo de tribunales en Polonia. Se determinó que los órganos competentes para juzgar estos casos serían dos tribunales disciplinarios de alcance nacional integrados por jueces elegidos por un período de cuatro años por los órganos de autogobierno judicial: en primera instancia, el tribunal disciplinario, y en segunda instancia, el tribunal disciplinario superior. Esta sustituyó las soluciones vigentes en materia de responsabilidad disciplinaria de los jueces durante 60 años, es decir, desde el 1 de enero de 1929, es decir, desde la fecha de entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal de 1928. Las soluciones disciplinarias introducidas en 1989 se han modificado tres veces en los últimos 35 años: en 2001, 2017 y 2022. En la sentencia del 6 de julio de 2023 en el caso del juez Tuleya contra Polonia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no cuestionó la consideración de los casos disciplinarios de los jueces por parte de la Sala de Responsabilidad Profesional. En el Informe sobre el Estado de Derecho elaborado en Bruselas el 24 de julio de 2024, la Comisión Europea afirmó, entre otras cosas, que: «Polonia ha alcanzado satisfactoriamente dos «hitos generales» relativos al fortalecimiento de aspectos importantes de la independencia del poder judicial polaco, como resultado de la reforma del sistema de responsabilidad disciplinaria de los jueces.
RP