Cuatro hospitales multados por negarse a realizar abortos. Quinto procedimiento en curso

- Desde 2024, el Fondo ha iniciado cinco procedimientos de auditoría relacionados con la denegación de abortos legalmente permitidos. Cuatro de ellos terminaron con la imposición de sanciones contractuales a las instalaciones de Wrocław, Łódź, Pabianice y Lubartów.
- - La finalización de la inspección en SPZOZ CSK UM en Łódź está prevista para finales de junio de 2025, anuncia Paweł Florek de la Oficina de Comunicación Social y Promoción del Fondo Nacional de Salud.
- El Ministerio de Salud preparará una respuesta a la solicitud de la Sociedad Polaca de Ginecólogos y Obstetras, que en abril pidió aclarar la interpretación de la normativa sobre la interrupción del embarazo.
Hasta finales de junio de este año. El procedimiento de control iniciado en marzo por el Fondo Nacional de Salud en el Centro Sanitario Público Independiente del Hospital Clínico Central de la Universidad Médica de Lodz debe completarse. El caso se refiere a un paciente cuya historia fue descrita en marzo por el periódico "Gazeta Wyborcza".
Una mujer en la semana 35 de embarazo fue ingresada en el Departamento de Medicina Fetal y Ginecología de la Universidad Médica de Lodz con un diagnóstico ya establecido: osteogénesis imperfecta congénita en el feto.
Mientras estaba hospitalizada, sufrió una crisis nerviosa y comenzó a considerar el aborto. Los psiquiatras que la examinaron recomendaron otra consulta si su condición empeoraba. Al día siguiente fue readmitida en el pabellón de psiquiatría. Tras regresar de la sala, se le realizaron más pruebas y se convocaron dos conferencias médicas.
La consulta psiquiátrica concluyó que “existen motivos para la interrupción del embarazo”. En lugar de un aborto, los ginecólogos recomendaron a la paciente una cesárea. Ella se negó y abandonó la clínica, después de lo cual se sometió a la interrupción del embarazo mediante la inducción de la asistolia fetal (inyección de cloruro de potasio) en el hospital de Oleśnica.
Desde principios de 2024, según ha podido saber Rynek Zdrowia, el Fondo ha iniciado cinco procedimientos de control por la denegación de abortos legalmente permitidos. Cuatro de ellos terminaron con la imposición de sanciones contractuales a las instituciones. Además del Hospital Clínico Central SPZOZ de Łódź, se inspeccionaron las siguientes instalaciones:
- Centro Médico Pabianice (PCM),
- Centro de salud pública independiente en Lubartów,
- Centro de Salud para Madres Polacas en Łódź,
- Hospital Clínico Universitario de Wrocław.
La PCM presentó objeciones a los resultados del proceso. Sin embargo, el presidente del Fondo confirmó las conclusiones de la inspección, aceptó parcialmente las explicaciones de la entidad y, en última instancia, redujo la multa de 550.000 PLN. hasta 250 mil zloty.
Los otros tres hospitales también aprovecharon la oportunidad para apelar. Según informó Paweł Florek, director de la Oficina de Comunicación Social y Promoción del Fondo Nacional de Salud, se consideraron todas las objeciones, pero no se tuvieron en cuenta.
Al Hospital Clínico Universitario de Wrocław se le impuso una multa de 300.000 PLN. PLN, para SP ZOZ en Lubartów - 100 mil, y para el Centro Polaco de Salud Materna en Łódź - 352 mil. zloty.
Muchas preguntas sin respuesta. El Ministerio de Salud trabaja para aclarar la normativa- Se está llevando a cabo una inspección en SPZOZ CSK UM en Łódź. Su finalización está prevista para finales de junio de 2025, anuncia Florek.
De acuerdo con las directrices emitidas el año pasado por el Ministerio de Salud sobre las disposiciones legales aplicables al procedimiento de interrupción del embarazo, un solo certificado médico que confirme una amenaza para la salud o la vida de la mujer es suficiente para realizar un aborto.
"Supeditar la posibilidad de interrumpir el embarazo a la obtención de certificados o dictámenes médicos adicionales no está justificado y debe considerarse una restricción al acceso a este procedimiento", se lee en las recomendaciones.
- Si un centro de salud solicita una segunda opinión médica o convoca a una consulta médica, esto debe considerarse como un obstáculo al acceso a un procedimiento médico que está incluido en la canasta de beneficios garantizados, enfatizó Izabela Leszczyna durante la conferencia que acompañó la publicación de las directrices de la ministra.
Las directrices indican que es posible solicitar una opinión u organizar una consulta por iniciativa del médico, pero esto es una excepción a la regla y no debería constituir un requisito de arriba hacia abajo, no legal, aplicado regularmente por los médicos o vinculante como norma en un hospital.
El Ministerio de Salud también está preparando una respuesta oficial a la solicitud de la Sociedad Polaca de Ginecólogos y Obstetras (PTGiP), que, tras la publicación en los medios de comunicación del caso de una paciente en la semana 36 de embarazo, solicitó una aclaración de la interpretación de la normativa sobre la "interrupción del embarazo" , especialmente después de la semana 24.
En su moción, la Junta de PTGiP coincidió con la opinión expresada, por ejemplo, en el "Sistema de Derecho Médico", según la cual una vez que el feto ha alcanzado la capacidad de vivir de forma independiente fuera del cuerpo de la madre y después de que exista una premisa en forma de amenaza a la vida o la salud de la madre, el procedimiento de interrupción del embarazo, aunque completamente legal, no puede consistir en el asesinato intencional del feto.
El Comisionado de Derechos Humanos, Marcin Wiącek, también dirigió preguntas al Ministerio de Salud sobre este tema.
El hecho de que no haya claridad entre los médicos sobre cómo interrumpir un embarazo después de la semana 23, cuándo salvar al niño y si convocar una consulta sobre la calificación de una paciente para el aborto debe significar inmediatamente limitar el acceso a la interrupción - escribió Rynek Zdrowia ya en septiembre de 2024.
Actualmente, un embarazo puede ser interrumpido si está en riesgo la salud o la vida de la mujer o si se produjo como resultado de un acto prohibido , como una violación. En el caso de la primera premisa, no existe un plazo concreto en el que sea posible realizar el procedimiento. En caso de acto prohibido, la interrupción es posible hasta la semana 12 del embarazo.
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rynekzdrowia