Moraes vota por liberar procesos de revisión de toda la vida del INSS

El ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), Alexandre de Moraes, votó este viernes (6) a favor de liberar el trámite de los procesos relativos a la llamada “revisión vitalicia” del INSS, que están paralizados desde hace cerca de dos años debido a la contradicción entre las decisiones del Tribunal de 2022 y 2024 sobre el tema.
El juicio se llevará a cabo en el pleno virtual y está previsto que finalice el próximo viernes (13). La revisión de la vida completa garantiza a los beneficiarios la posibilidad de utilizar todas las cotizaciones a la seguridad social realizadas al INSS en el período anterior a julio de 1994 para el cálculo de las prestaciones de jubilación.
Moraes es el ponente del recurso interpuesto por el INSS en este asunto y defendió la aplicación de la decisión del Tribunal en marzo de 2024, que anuló la revisión . En 2022, el STF reconoció que el beneficiario podía elegir el criterio de cálculo más ventajoso. Sin embargo, esta decisión no se ejecutó debido a que el INSS interpuso un recurso.
En julio de 2023, Moraes suspendió el avance de todos los casos hasta la decisión final del Tribunal. En la decisión del año pasado, el STF validó el factor de previsión social, establecido por la Ley 9.876/99, cuyo objetivo es incentivar la prolongación de la jornada laboral de los contribuyentes.
En septiembre de 2024, la Corte Suprema confirmó la decisión al denegar los recursos que solicitaban la exclusión de la tesis en los casos de jubilados que presentaron demandas de revisión de toda su vida hasta el 21 de marzo de 2024, fecha de la sentencia de las ADI 2110 y 2111.
Este viernes (6), Moraes argumentó que, a pesar de no ser la opción más beneficiosa para los jubilados, la decisión de 2024 debería aplicarse para permitir la tramitación de los casos. Durante el juicio del caso en el STF, se mostró a favor de revisar la vida completa, pero fue derrotado en la votación.
Si prevalece el nuevo voto del relator, los jubilados que obtuvieron decisiones favorables hasta el 5 de abril de 2024, ya sean definitivas o provisionales, no se verán afectados.
En el dictamen, también reafirmó que los beneficiarios no tendrán que devolver los montos recibidos luego de las decisiones definitivas y provisionales firmadas hasta el 5 de abril de 2024, fecha de publicación del acta del juicio que tumbó la tesis de revisar la vida entera.
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