Cámara se prepara para votar proyecto de ley que aumenta penas por abandono de ancianos

La Cámara de Diputados podría votar el lunes 16 un proyecto de ley que aumenta las penas por abandonar a una persona con discapacidad en hospitales, residencias de ancianos o albergues si esto resulta en muerte o lesiones graves. La pena se incrementará si la víctima es una persona mayor. La propuesta está en el orden del día del Pleno, que también sesionará el martes 17 y el miércoles 18.
Los legisladores deben analizar las enmiendas del Senado al proyecto de ley. En consonancia con lo aprobado por la Cámara para las personas mayores, el Senado propone aplicar penas de prisión de 2 a 5 años y multa por abandonar a una persona con discapacidad, en lugar de la pena actual de prisión de 6 meses a 3 años y multa.
Si el abandono resulta en la muerte de la persona, la pena será de 8 a 14 años de prisión; si resulta en lesiones graves, podrá ser de 3 a 7 años de prisión. Ambas penas conllevan una multa.
Otros puntos del orden del díaEl Pleno también podrá dar por concluida la votación del Proyecto de Ley que tipifica como incumplimiento de orden judicial el acercamiento del agresor a zonas delimitadas por el juez para la protección de las víctimas de violencia contra la mujer.
El texto de la ponente, diputada Rogéria Santos (Republicanos-BA), añade al proyecto original la aproximación del agresor al domicilio o lugar de trabajo de la víctima.
Actualmente, la Ley Maria da Penha establece pena de prisión de 2 a 5 años y multa para quien no cumpla una decisión judicial sobre medidas de protección urgentes previstas en la ley.
También está en agenda el Proyecto de Decreto Legislativo (PDL) 405/23, del diputado Luiz Gastão (PSD-CE), que suspende una ordenanza del Ministerio de Trabajo sobre trabajo en días festivos.
La ordenanza entra en vigor el 1 de julio de este año, después de haber sido pospuesta desde diciembre del año pasado.
El autor pretende mantener vigente la ordenanza del expresidente Jair Bolsonaro que reguló la materia y permitió el trabajo en días festivos en el comercio.
El argumento del Ministerio para la ordenanza es que existe una ley sobre el tema (Ley 10.101/00) que condiciona el trabajo en el comercio a los días festivos siempre que esté autorizado en un convenio colectivo de trabajo y se observe la legislación municipal.
(Con información de la Agencia Cámara)
CartaCapital