Fechas – Tarifas – Límites – Noviembre de 2025

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Fechas – Tarifas – Límites – Noviembre de 2025

Fechas – Tarifas – Límites – Noviembre de 2025

1 de noviembre (sábado)

> Día de Todos los Santos: para aquellos empleadores donde el sábado es día libre debido a una semana laboral de cinco días, los empleados deben recibir otro día libre de sus obligaciones laborales a cambio de este día festivo.

hasta el 5 de noviembre (miércoles)

> Los empresarios deben presentar una declaración VAT-14 sobre los importes del IVA adeudados por las adquisiciones intracomunitarias de combustibles para motores correspondientes a octubre de 2025.

hasta el 7 de noviembre (viernes)

> El impuesto sobre la renta correspondiente a octubre de 2025 lo pagan quienes presentan su declaración de impuestos utilizando la tarjeta fiscal.

hasta el 10 de noviembre (lunes)

Los empresarios que pagan IVA deben presentar la declaración INTRASTAT correspondiente a octubre de 2025.

11 de noviembre (martes)

\norte

> Día de la Independencia Nacional: para aquellos empleadores donde el martes es día libre debido a una semana laboral de cinco días, los empleados deben recibir otro día libre del trabajo a cambio de este día festivo.

hasta el 17 de noviembre (lunes)

> Las personas jurídicas, las unidades organizativas y las empresas sin personalidad jurídica pagan el impuesto sobre bienes inmuebles y el impuesto forestal correspondientes a noviembre de 2025 y el cuarto plazo del impuesto agrícola.

hasta el 20 de noviembre (jueves)

Quienes pagan un impuesto de suma global sobre la renta declarada lo pagan correspondiente a octubre de 2025.

La empresa matriz que representa al grupo de capital fiscal paga el anticipo del impuesto recaudado correspondiente a octubre de 2025.

Los empleadores realizan pagos anticipados del impuesto sobre la renta de los empleados provenientes del trabajo, del trabajo a domicilio y de las prestaciones de seguridad social correspondientes a octubre de 2025.

> Los mandantes realizan pagos anticipados del impuesto sobre la renta correspondiente a beneficios distintos de los derivados de una relación laboral (por ejemplo, contratos de mandato, contratos para trabajos específicos) para octubre de 2025.

hasta el 25 de noviembre (martes)

Los contribuyentes pagan el IVA correspondiente a octubre de 2025.

> Los pagadores que realizan transacciones intracomunitarias deben presentar la información resumida del IVA de la UE correspondiente a octubre de 2025.

Los contribuyentes del IVA deben presentar el archivo JPK_V7M correspondiente a octubre de 2025 ante las autoridades fiscales.

Los contribuyentes del IVA deben enviar el archivo JPK_V7K correspondiente a octubre de 2025 (parte de registro) a las autoridades fiscales.

Quienes pagan impuestos especiales deben liquidarlos en octubre de 2025 y presentar una declaración de impuestos especiales.

Los empresarios liquidan el impuesto al azúcar y el impuesto sobre las ventas minoristas correspondientes a octubre de 2025.

Importe de la reducción de impuestos en 2025

El monto exento de impuestos en 2025 es de 30.000 PLN. Por lo tanto, el monto que reduce el impuesto sobre la renta personal es de 3.600 PLN (12% de 30.000 PLN).

FINANCIACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES DE ZUS EN 2025
Tipo de contribución Tasa total (%) Financiado por los empleados (%) Financiado por el empleador (%)
pensión 19.52 9.76 9.76
anualidad 8 1.5 6.5
salud 9 9
enfermedad 2.45 2.45
resultante de 0,67 a 3,33 de 0,67 a 3,33
Fondo Laboral 1.00 1.00
Fondo de Solidaridad 1.45 1.45
FGŚP 0.10 0.10
Fondo de pensiones puente 1,50 1,50
Escala impositiva a partir del 1 de enero de 2025
Base para el cálculo del impuesto sobre: Base para el cálculo del impuesto: El impuesto es
0 PLN 30.000 PLN 0 PLN
30.000 PLN 120.000 PLN 12% - la cantidad que reduce el impuesto es de 3.600 PLN.
120.000 PLN 10.800 + 32% del excedente sobre 120.000 PLN
1.000.000 PLN 4% del superávit sobre 1 millón de PLN de la base (impuesto de solidaridad)
PLAZOS DE ACUERDO DE ZUS

> El 5 de noviembre (miércoles), las unidades presupuestarias y los establecimientos presupuestarios de los gobiernos locales deberán abonar las contribuciones correspondientes a octubre de 2025.

> Para el 17 de noviembre (lunes), las cotizaciones correspondientes a octubre de 2025 deben ser abonadas por los contribuyentes con personalidad jurídica.

> Para el 20 de noviembre (jueves), las contribuciones correspondientes a octubre de 2025 serán pagadas por otros contribuyentes.

IMPORTE DE LA CONTRIBUCIÓN PARA OCTUBRE DE 2025

I. PARA LAS PERSONAS QUE INICIAN SU PRIMERA ACTIVIDAD COMERCIAL Y SE BENEFICIAN DE LA AYUDA

La base para calcular las contribuciones para el período enero-diciembre de 2025 no puede ser inferior a 1.399,80 PLN (30% de 4.666 PLN).

Cotizaciones de seguro para octubre (mínimo):

pensión 273,24 PLN (es decir, 19,52%)

Anualidad PLN 111,98 (es decir, 8%)

Baja por enfermedad PLN 34,30 (es decir, 2,45%)

accidente – si el porcentaje de contribución es del 1,67%, la contribución es de 23,38 PLN.

Las personas que se benefician de estas ayudas generalmente no pagan contribuciones al Fondo Laboral ni al Fondo de Solidaridad.

II. CONTRIBUCIONES PROCEDENAS DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES SIN DERECHO A INDEMNIZACIÓN

Base para el cálculo de las contribuciones ZUS para el período enero-diciembre de 2025:

> realizar actividades comerciales no agrícolas,

> creadores y artistas,

> personas que ejercen profesiones por cuenta propia (por ejemplo, médicos, matronas, enfermeras, traductores, profesores),

> un socio en una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal y socios en una sociedad colectiva, sociedad comanditaria o sociedad profesional,

> personas que dirigen una escuela pública o privada, otra forma de educación preescolar, institución o un complejo de las mismas de conformidad con las disposiciones sobre el sistema educativo,

> Para las personas que cooperan con personas que realizan actividades comerciales no agrícolas , la remuneración no puede ser inferior a 5.203,80 PLN (60% de 8.673 PLN, es decir, el salario medio previsto para 2025).

Cotizaciones de seguro para octubre (mínimo):

• pensión 1.015,78 PLN (es decir, 19,52%)

• pensión 416,30 PLN (es decir, 8%)

• Baja por enfermedad 127,49 PLN (es decir, 2,45%)

• accidente – si la tasa de interés de la contribución es del 1,67%, el monto de la contribución es de 86,90 PLN.

La contribución al Fondo Laboral y al Fondo de Apoyo Solidario para Personas con Discapacidad para estas personas no puede ser inferior a 127,49 PLN (es decir, 2,45%).

Contribución al seguro de salud para octubre de 2025:

Σ en la escala impositiva – 9 por ciento de los ingresos obtenidos en el mes anterior al mes por el que se paga la contribución, no inferior a 314,96 PLN (4.666 PLN × 75 por ciento × 9 por ciento).

Σ impuesto fijo – 4,9 por ciento de los ingresos determinados como se indicó anteriormente y sobre la misma cantidad mínima,

Σ para un pago único: 9% de la base de evaluación, que depende de los ingresos anuales del empresario reducidos por las contribuciones a la seguridad social: 461,66 PLN (cuando los ingresos anuales no superan los 60.000 PLN), 769,43 PLN (ingresos de 60.000 a 300.000 PLN), 1.384,97 PLN (ingresos superiores a 300.000 PLN).

La base de cálculo es el salario mensual promedio en el cuarto trimestre de 2024: 8.549,18 PLN.

III. CONTRIBUCIONES AL LLAMADO SMALL ZUS PLUS A PARTIR DE ENERO DE 2025

Su base no puede ser inferior al 30% del salario mínimo ni superior al 60% del salario mensual promedio proyectado. En 2025, esta base debe estar entre 1.399,80 PLN y 5.203,80 PLN.

LÍMITES

La base para las contribuciones voluntarias por enfermedad desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025 no podrá exceder los 21.682,50 PLN mensuales (250% x 8.673 PLN).

El importe de la limitación anual de la base para calcular las contribuciones al seguro de jubilación e invalidez en 2025 – PLN 260.190 (30 x PLN 8.673).

Cotizaciones a la seguridad social para agricultores en el tercer y cuarto trimestre de 2025
Para el agricultor/cónyuge realizar actividad comercial agricultura en la granja agrícola Base de medición Suma mensual /trimestral contribuciones para uno persona (en PLN)
con una superficie de hasta 50 ha convertida contribución básica = 10% de la pensión básico 169/507
con una superficie de más de 50 hectáreas convertido a 100 ha conversión contribución básica + 12% de pensión básico 372/1116
con una superficie de más de 100 hectáreas convertido a 150 ha conversión contribución básica + 24% de pensión básico 575/1725
con una superficie de más de 150 hectáreas convertido a 300 ha conversión contribución básica + 36% de pensión básico 778/2334
con una superficie de más de 300 hectáreas conversión contribución básica + 48% de pensión básico 981/2943
Para el agricultor/cónyuge instructor adicional actividades no agrícolas económico y actividades agrícolas en una granja Base de medición Contribución debida en un mes /cuarto
con una superficie de hasta 50 ha convertida el doble de la contribución básico 338/1014
con una superficie de más de 50 hectáreas convertido a 100 ha conversión el doble de la contribución básico + prima adicional, Es decir, el 12% de la pensión básico 541/1623
con una superficie de más de 100 hectáreas convertido a 150 ha conversión el doble de la contribución básico + prima adicional, Es decir, el 24% de la pensión básico 744/2232
con una superficie de más de 150 hectáreas convertido a 300 ha conversión el doble de la contribución básico + prima adicional, Es decir, el 36% de la pensión básico 947/2841
con una superficie de más de 300 hectáreas conversión el doble de la contribución básico + prima adicional, Es decir, el 48% de la pensión básico 1150/3450
Para un miembro del hogar del agricultor Base de medición Contribución debida en un mes /cuarto
independientemente de la superficie granjas contribución básica, Es decir, el 10% de la pensión básico 169/507
Para un miembro del hogar instructor adicional actividades no agrícolas económico Base de medición Contribución debida en un mes /cuarto
independientemente de la superficie granjas el doble de la contribución básico 338/1014
CONTRIBUCIONES DE LOS AGRICULTORES AL SEGURO SOCIAL EN EL CUARTO TRIMESTRE DE 2025

Contribución mensual al seguro de accidentes, enfermedad y maternidad en el cuarto trimestre de 2025 : 78 PLN por cada persona cubierta por este seguro (234 PLN por trimestre).

Nota : Los agricultores deberán abonar las contribuciones correspondientes al tercer trimestre de 2025 antes del 31 de octubre de 2025.

SALARIOS Y OTRAS TARIFAS EN EL DERECHO LABORAL

Salario mínimo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025: 4.666 PLN.

Tarifa horaria mínima para contratistas del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025: PLN 30,50.

Cantidad máxima de indemnización por despido colectivo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025: 69.990 PLN (4.666 PLN x 15).

Salario mínimo para menores de edad desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2025:

> en el primer año de estudio – 699,89 PLN

> en el segundo año de estudio – 787,38 PLN

> en el tercer año de estudio – 874,86 PLN

> en el caso de un joven que se encuentra en formación para desempeñar un trabajo específico – PLN 612,40

Salario medio en la economía nacional:

> 8.748,63 PLN – en el segundo trimestre de 2025

> 8.962,28 PLN – en el primer trimestre de 2025

> 8.477,21 PLN – en el cuarto trimestre de 2024

> 8.161,62 PLN – en el tercer trimestre de 2024

> 8.038,41 PLN – en el segundo trimestre de 2024

> 8.147,38 PLN – en el primer trimestre de 2024

> 7.540,36 PLN – en el cuarto trimestre de 2023

> 7.194,95 PLN – en el tercer trimestre de 2023

OTROS BENEFICIOS Factor de equivalencia para las vacaciones anuales en 2024 y 2025
Puesto a tiempo completo Factor de equivalencia 2024 Factor de equivalencia 2025
jornada completa 20.92 20,75
3/4 15.69 15.56
2/3 13,95 13.83
3/5 12.55 12.45
1/2 10.46 10.38
1/3 6.97 6.92
1/4 5.23 5.19
1/5 4.18 4.15

* Los cálculos tienen en cuenta la Nochebuena no laborable introducida por la modificación de la Ley sobre días no laborables, que entra en vigor el 1 de febrero de 2025.

Plus por trabajo nocturno en 2025

(variación del salario mínimo durante el año)

Meses Montos de asignación brutos nocturnos (en PLN) Cómo calcular las asignaciones
enero, marzo, abril 5.55 (4666 PLN : 168 horas) x 20%.
Febrero, mayo, junio, agosto, diciembre (Nochebuena gratis*) 5.83 (4.666 PLN : 160 horas) x 20%.
Julio, octubre 5.07 (4.666 PLN : 184 horas) x 20%.
Septiembre 5.30 (4.666 PLN : 176 horas) x 20%.
Noviembre 6.48 (4.666 PLN : 144 horas) x 20%.

* Nochebuena gratuita introducida por la enmienda a la Ley sobre días no laborables, que entra en vigor el 1 de febrero de 2025. (Los cálculos de la tabla incluyen este día como día libre)

Base mínima para el cálculo de las prestaciones por enfermedad en 2025 y en la segunda mitad de 2024
EMPLEADO del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 del 1 de julio al 31 de diciembre de 2024
jornada completa 4.026,29 PLN (4.666 PLN – 13,71%) 3.710,47 PLN (4.300 PLN – 13,71%)
3/4 3.019,72 PLN (3.499,50 PLN – 13,71%) 2.782,85 PLN (3.225 PLN – 13,71%)
1/2 2013,15 PLN (2333 PLN – 13,71%) 1.855,23 PLN (2.150 PLN – 13,71%)
1/3 1.342,09 PLN (1.555,33 PLN – 13,71%) 1.236,82 PLN (1.433,33 PLN – 13,71%)
1/4 1.006,57 PLN (1.166,50 PLN – 13,71%) 927,62 PLN (1.075 PLN – 13,71%)
Horas de trabajo mensuales en 2025
Mes Día festivo semana Cálculo del tiempo trabajar Número horas trabajar Número días trabajar Número días gratis
Enero 1 de enero – Día de Año Nuevo (miércoles) 6 de enero – Epifanía (lunes) (40 horas x 4 semanas) + (8 horas x 3 días, denominados días extendidos) – (8 horas x 2 días festivos) 168 21 10
Febrero falta (40 horas x 4 semanas) 160 20 8
Marzo falta (40 horas x 4 semanas) + (8 horas x 1 día) 168 21 10
Abril • 20 de abril – primer día de Pascua* (domingo) • 21 de abril – segundo día de Pascua (lunes) (40 horas × 4 semanas) + (8 horas × 2 días) – (8 horas × 1 día festivo) 168 21 9
Puede • 1 de mayo – Día festivo nacional (jueves) • 3 de mayo – Día festivo nacional del 3 de mayo (sábado) (40 horas × 4 semanas) + (8 horas × 2 días) – (8 horas × 2 días festivos) 160 20 10 (incluido el día libre del sábado por ser festivo)
Junio • 8 de junio – Pentecostés (domingo) • 19 de junio – Corpus Christi (jueves) (40 horas × 4 semanas) + (8 horas × 1 día) – (8 horas × 1 día festivo) 160 20 10
Julio falta (40 horas × 4 semanas) + (8 horas × 3 días) 184 23 8
Agosto 15 de agosto - Suposición Santísima Virgen María Virgen María (viernes) (40 horas x 4 semanas) + (8 horas x 1 día) - (8 horas x 1 día festivo) 160 20 11
Septiembre falta (40 horas x 4 semanas) + (8 horas x 2 días) 176 22 8
Octubre falta (40 horas x 4 semanas) + (8 horas x 3 días) 184 23 8
Noviembre 1 de noviembre – Día de Todos los Santos (Sábado) 11 de noviembre – Día Nacional Independencia (Martes) (40 horas x 4 semanas) – (8 horas x 2 días festivos) 144 18 12 (incluido el día libre del sábado por ser festivo)
Diciembre 24 de diciembre, Nochebuena ** (miércoles) • 25 de diciembre – primer día Navidad (Jueves) 26 de diciembre – el segundo día de Dios Natividad (Viernes) (40 horas x 4 semanas) + (8 horas x 3 días) – (8 horas x 3 días festivos) 160 20 11
Juntos: 14 días Navidad (10 caídas desde el lunes hasta el viernes, 2 el sábado, 2 el domingo) 1992 249 115

* nombres de los días festivos de conformidad con la Ley de 18 de enero de 1951 sobre días no laborables (texto consolidado del Diario Oficial de 2020, artículo 1920)

** Nochebuena libre introducida por la modificación de la Ley sobre días no laborables, que entra en vigor el 1 de febrero de 2025 (el cálculo del tiempo de trabajo en la tabla incluye este día como día libre).

Límite de viáticos diarios para viajes al extranjero y alojamiento en hoteles a partir del 29 de noviembre de 2022*
País Divisa Suma dietas Cantidad límite para la noche
Australia Dólar australiano 95 270
Austria EUR 57 150
Bélgica EUR 55 200
Bielorrusia EUR 42 130
Bulgaria EUR 40 120
Croacia EUR 42 125
Porcelana EUR 55 170
Chipre EUR 43 160
La República Checa EUR 41 120
Dinamarca Corona danesa 446 1430
Estonia EUR 45 110
Finlandia EUR 53 180
Francia EUR 55 200
Grecia EUR 50 160
España EUR 50 200
Países Bajos EUR 50 150
Irlanda EUR 52 160
Canadá CANALLA 71 190
Lituania EUR 45 150
Letonia EUR 57 132
Alemania EUR 49 170
Noruega NOK 496 1650
Portugal EUR 49 150
Rusia EUR 48 200
Rumania EUR 42 110
Eslovaquia EUR 47 132
Eslovenia EUR 45 143
Estados Unidos América (EE. UU.), incluyendo: Dólar estadounidense 59 200
– Nueva York Dólar estadounidense 59 350
– Washington Dólar estadounidense 59 300
Suiza franco suizo 88 220
Suecia NUDO 510 2000
Turquía Dólar estadounidense 53 185
Ucrania EUR 41 180
Hungría EUR 44 143
Gran Bretaña GBP 45 220
Italia EUR 53 192

*Los cambios afectaron a algunos países o tarifas

Ingresos de los empleados exentos de impuestos durante la estancia temporal en el extranjero (seleccionados)
País Divisa Monto de ingresos liberado para cada día (dieta x 30%)
Australia Dólar australiano 28,50 (95 x 0,30)
Austria EUR 17,10 (57 x 0,30)
Bélgica EUR 16,50 (55 x 0,30)
Bielorrusia EUR 12,60 (42 x 0,30)
Bulgaria EUR 12 (40 x 0,30)
Porcelana EUR 16,50 (55 x 0,30)
Croacia EUR 12,60 (42 x 0,30)
Chipre EUR 12,90 (43 x 0,30)
La República Checa EUR 12.30 (41 x 0.30)
Dinamarca Corona danesa 133,80 (446 x 0,30)
Estonia EUR 13,50 (45 x 0,30)
Finlandia EUR 15,90 (53 x 0,30)
Francia EUR 16,50 (55 x 0,30)
Grecia EUR 15 (50 x 0,30)
Georgia EUR 14,40 (48 x 0,30)
España EUR 15 (50 x 0,30)
Países Bajos EUR 15 (50 x 0,30)
Irlanda EUR 15,60 (52 x 0,30)
Islandia EUR 16,80 (56 x 0,30)
Israel EUR 21 (70 x 0,30)
Japón Guay 2259,60 (7532 x 0,30)
Canadá CANALLA 21,30 (71 x 0,30)
Lituania EUR 13,50 (45 x 0,30)
Letonia EUR 17,10 (57 x 0,30)
Alemania EUR 14,70 (49 x 0,30)
Noruega NOK 148,80 (496 x 0,30)
Portugal EUR 14,70 (49 x 0,30)
Rusia EUR 14,40 (48 x 0,30)
Rumania EUR 12,60 (42 x 0,30)
Eslovaquia EUR 14,10 (47 x 0,30)
Eslovenia EUR 13,50 (45 x 0,30)
Estados Unido América (EE. UU.) Dólar estadounidense 17,70 (59 x 0,30)
Suiza franco suizo 26,40 (88 x 0,30)
Suecia NUDO 153 (510 x 0,30)
Turquía Dólar estadounidense 15,90 (53 x 0,30)
Ucrania EUR 12.30 (41 x 0.30)
Hungría EUR 13,20 (44 x 0,30)
Gran Bretaña GBP 13,50 (45 x 0,30)
Italia EUR 15,90 (53 x 0,30)
PAGO ÚNICO Y DIETAS PARA VIAJES DE NEGOCIOS

Las dietas y otros pagos por viajes de negocios dentro del país son los siguientes a partir del 1 de enero de 2023:

> PLN 45 – subsidio (completo),

> 67,50 PLN – pago único por alojamiento,

> PLN 9 – suma global para viajes.

TARIFAS PLANAS PARA COCHES

Tarifas máximas por kilómetro para vehículos privados utilizados con fines comerciales (a partir del 17 de enero de 2023):

> para un automóvil de pasajeros:

con una cilindrada de hasta 900 cm3 – 0,89 PLN,

con una cilindrada superior a 900 cm3 – 1,15 PLN,

> para una motocicleta – 0,69 PLN,

> para un ciclomotor – PLN 0,42.

PENSIONES Y PRESTACIONES

Las pensiones y rentas vitalicias se indexan anualmente a partir del 1 de marzo.

En 2025, la indexación consistirá en multiplicar el importe de la prestación y su base de cálculo por el tipo de indexación, que corresponde al índice medio anual de precios al consumo del año natural anterior, incrementado en un 20% del aumento real de los salarios medios en 2024.

En 2025, la tasa de indexación es del 105,5%, y por lo tanto las prestaciones de pensión aumentarán un 5,5% a partir del 1 de marzo. A partir del 1 de marzo de 2025, el importe base de la pensión es de 7.140,52 PLN.

PENSIONES Y PRESTACIONES POR DISCAPACIDAD MÁS BAJAS A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2024

> PLN 1.878,91 – pensión de jubilación, pensión puente, prestación por incapacidad docente, pensión por incapacidad total para el trabajo y pensión de supervivencia y pensión social,

> PLN 1.409,18 – pensión por incapacidad parcial para el trabajo,

> PLN 2.254,69 – pensión por incapacidad total para trabajar debido a un accidente laboral o enfermedad profesional y pensión de supervivencia por accidente,

> PLN 1.691,02 – pensión por incapacidad parcial para el trabajo debido a un accidente laboral o enfermedad profesional.

LÍMITES DE INGRESOS PARA PENSIONISTAS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD APLICABLES DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2025

> PLN 6.124,10 – las pensiones y las prestaciones por discapacidad se reducen cuando los ingresos superan esta cantidad (70% del salario mensual promedio),

> PLN 11.373,30 – las pensiones de jubilación y discapacidad se suspenden cuando esta cantidad supera los ingresos (130% del salario mensual promedio).

Nota: Estas restricciones no se aplican a las personas que han alcanzado la edad general de jubilación.

REDUCCIONES MÁXIMAS EN PENSIONES Y DISCAPACIDADES A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2025

> 939,61 PLN – pensión de jubilación, pensión por invalidez por incapacidad total para el trabajo,

> 704,75 PLN – pensión por incapacidad parcial para el trabajo,

> PLN 798,72 – pensión de supervivencia, a la que tiene derecho una persona.

PRESTACIÓN PREVIA A LA JUBILACIÓN A PARTIR DEL 1 DE MARZO DE 2025

> PLN 1.893,41 – importe de la prestación previa a la jubilación.

Importes que afectan a la reducción o suspensión de las prestaciones previas a la jubilación a partir del 1 de marzo de 2025:

> 2.045,50 PLN – importe de ingresos mensuales permitidos,

> 5.727,20 PLN – límite de ingresos mensuales,

> 24.546 PLN – importe de ingresos anuales admisibles,

> PLN 68.726,40 – el límite de ingresos anuales.

BENEFICIO POR FUNERAL en noviembre de 2025 – 4.000 PLN

INDICADOR DE INDEXACIÓN DE LA BASE PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PRESTACIONES POR ENFERMEDAD UTILIZADO PARA EL CÁLCULO DE LA PRESTACIÓN POR REHABILITACIÓN

> 103,2% – en el cuarto trimestre de 2025

> 109,8 por ciento – en el tercer trimestre de 2025

> 105,5 por ciento – en el segundo trimestre de 2025

> 100,2 por ciento – en el primer trimestre de 2025

> 106,6% – en el cuarto trimestre de 2024

> 113,2% – en el tercer trimestre de 2024

> 107,6% – en el segundo trimestre de 2024

> 101 por ciento – en el primer trimestre de 2024

> 104,90% – en el cuarto trimestre de 2023

> 109,9% – en el tercer trimestre de 2023

> 109,4% – en el segundo trimestre de 2023

> 103,9% – en el primer trimestre de 2023

> 102,7% – en el cuarto trimestre de 2022

> 110,2% – en el tercer trimestre de 2022

> 108,9% – en el segundo trimestre de 2022

> 99,6 por ciento – en el primer trimestre de 2022 (no supera el 100 por ciento, por lo que la base no está sujeta a indexación)

> 100,9% – en el cuarto trimestre de 2021

> 109,9% – en el tercer trimestre de 2021

> 108,6% – en el segundo trimestre de 2021

> 97 por ciento – en el primer trimestre de 2021 (no supera el 100 por ciento, por lo que la base no está sujeta a indexación)

> 96,7 por ciento – en el cuarto trimestre de 2020 (no supera el 100 por ciento, por lo que la base no está sujeta a indexación)

> 108,1% – en el tercer trimestre de 2020

> 107,4% – en el segundo trimestre de 2020

INDEMNIZACIONES ÚNICAS POR DAÑOS A LA SALUD CAUSADOS POR UN ACCIDENTE LABORAL O UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL

Del 1 de abril de 2025 al 31 de marzo de 2026:

> 1.636 PLN por cada punto porcentual de deterioro de la salud permanente o a largo plazo,

> 1.636 PLN por cada punto porcentual de deterioro de la salud permanente o a largo plazo resultante de un aumento de este deterioro en al menos 10 puntos porcentuales,

> 28.636 PLN por la incapacidad total del asegurado para trabajar y su imposibilidad para llevar una vida independiente,

> 28.636 PLN por una decisión sobre la incapacidad total para el trabajo y la incapacidad para la vida independiente debido al deterioro el estado de salud del pensionista,

> 147.271 PLN, cuando el cónyuge o uno o más hijos del asegurado o pensionista fallecido tienen derecho a una indemnización única,

> 73.635 PLN, cuando un miembro de la familia del asegurado o pensionista fallecido, distinto del cónyuge o hijo, tiene derecho a una indemnización única,

> 147.271 PLN , cuando el cónyuge y uno o más hijos del asegurado o pensionista fallecido tienen derecho a una indemnización a tanto alzado, y 28.636 PLN debido a un aumento en la indemnización pagadera por cada uno de estos hijos,

> 147.271 PLN , cuando dos o más hijos del asegurado o pensionista fallecido tienen derecho a una indemnización a tanto alzado, y 28.636 PLN debido a un aumento de esta indemnización para el segundo hijo y cada hijo subsiguiente,

> 28.636 PLN , si, además del cónyuge o los hijos, otros miembros de la familia del asegurado o pensionista fallecido también tienen derecho a una indemnización a tanto alzado; cada uno de ellos tiene derecho a esta cantidad, independientemente de la indemnización que corresponda al cónyuge o a los hijos.

> 73.635 PLN , cuando solo los familiares distintos del cónyuge o los hijos del asegurado o pensionista fallecido tienen derecho a una indemnización única, y 28.636 PLN debido al aumento de esta indemnización para la segunda y cada persona subsiguiente con derecho a ella.

> 28.636 PLN debido al aumento de la indemnización pagadera a la segunda persona y a cada persona titular subsiguiente.

TRANSACCIONES SIN EFECTIVO

Los pagos relacionados con las actividades comerciales se realizan o se aceptan a través de la cuenta bancaria del empresario siempre que:

> la parte en la transacción de la que resulta el pago es otro empresario, y

> El valor único de la transacción, independientemente del número de pagos que resulten de ella, supera el equivalente a 15.000 PLN (las transacciones en monedas extranjeras se convierten a PLN al tipo de cambio promedio anunciado por el Banco Nacional de Polonia el último día hábil anterior a la fecha de la transacción; Art. 19 de la Ley de 6 de marzo de 2018 - Ley de Empresarios (texto consolidado: Diario Oficial de 2023, artículo 221)).

HONORARIOS DE NOTARIO

Desde el 27 de enero de 2007, la tasa máxima (según el reglamento del Ministro de Justicia sobre las tasas máximas de los honorarios notariales, texto consolidado del Diario Oficial de 2020, artículo 1473, con sus modificaciones) se basa en el valor de:

> hasta 3000 PLN – 100 PLN;

> por encima de 3.000 PLN hasta 10.000 PLN – 100 PLN + 3% del excedente por encima de 3.000 PLN;

> por encima de 10.000 PLN hasta 30.000 PLN – 310 PLN + 2% del excedente por encima de 10.000 PLN;

> por encima de 30.000 PLN hasta 60.000 PLN – 710 PLN + 1% del excedente por encima de 30.000 PLN;

> por encima de 60.000 PLN hasta 1.000.000 PLN – 1.010 PLN + 0,4% del excedente por encima de 60.000 PLN;

> por encima de 1.000.000 PLN hasta 2.000.000 PLN – 4.770 PLN + 0,2 por ciento del excedente por encima de 1.000.000 PLN;

> por encima de 2.000.000 PLN – 6.770 PLN + 0,25% del exceso por encima de 2.000.000 PLN, pero no más de 10.000 PLN, y en el caso de actividades realizadas entre personas clasificadas en el grupo impositivo I en el sentido de las disposiciones de la Ley de 28 de julio de 1983 sobre el impuesto de sucesiones y donaciones (texto consolidado del Diario Oficial de 2021, artículo 1043) no más de 7.500 PLN.

La mitad de esta tarifa será la tarifa máxima para la preparación de una escritura notarial que documente:

> un contrato vinculante celebrado bajo una condición o sujeto a un plazo,

> un acuerdo que transfiere la propiedad o el usufructo perpetuo en cumplimiento del acuerdo vinculante,

> contrato para la venta de bienes inmuebles agrícolas con cargo a los recursos de propiedad agrícola del Tesoro del Estado,

> un contrato de compraventa de un inmueble residencial o terreno con una vivienda unifamiliar, celebrado por el Tesoro del Estado, las unidades de gobierno local u otras entidades sobre la base de actos que otorgan descuentos a los compradores,

> acuerdo sobre la transferencia de los derechos de propiedad cooperativa de las instalaciones,

> acuerdo sobre la transferencia de propiedad de un derecho cooperativo sobre un inmueble residencial, un derecho cooperativo sobre un inmueble comercial, un derecho sobre una vivienda unifamiliar en una cooperativa de vivienda (un derecho sobre un inmueble residencial en una casa construida por una cooperativa de vivienda con el fin de transferir su propiedad a un miembro),

> un acuerdo para la transferencia del derecho de propiedad cooperativa esperada sobre un inmueble, la propiedad separada de un inmueble o una vivienda unifamiliar de conformidad con la Ley de 15 de diciembre de 2000 sobre cooperativas de vivienda (texto consolidado del Diario Oficial de 2021, artículo 1208),

> un acuerdo que establece la propiedad separada de un inmueble o transfiere la propiedad de una vivienda unifamiliar con derechos sobre el terreno, celebrado en la ejecución de contratos para la construcción de un inmueble o vivienda, de conformidad con la Ley de Cooperativas de Vivienda,

> acuerdo sobre la transferencia de propiedad de un piso o una vivienda unifamiliar con derechos sobre el terreno por parte de una cooperativa de vivienda,

> un acuerdo sobre la transmisión de la propiedad, la concesión del usufructo perpetuo o la transmisión del derecho de usufructo perpetuo de un solar edificable a una cooperativa de vivienda de conformidad con el artículo 35 de la Ley de Cooperativas de Vivienda,

> establecer una hipoteca,

> el curso de la subasta o licitación,

> aceptando dinero en moneda polaca o extranjera para su custodia,

> un acuerdo celebrado sobre la base del artículo 9 de la Ley de 24 de junio de 1994 sobre propiedad de locales (texto consolidado del Diario Oficial de 2021, artículo 1048),

> un acuerdo de donación de locales que constituyen un bien inmueble separado, si el acuerdo se celebra entre personas clasificadas en el grupo impositivo I en el sentido de las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y los compradores tienen derecho a la exención a que se refiere el artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones,

> un contrato de compraventa de una vivienda unifamiliar en el sentido del artículo 2, párrafo 2, oración 1 de la Ley sobre la propiedad de inmuebles que constituyen un inmueble separado o un edificio residencial unifamiliar en el sentido de las disposiciones de la Ley de 7 de julio de 1994 – Ley de Edificación (texto consolidado del Diario Oficial de 2021, artículo 2351),

> un contrato de compraventa de terrenos que constituye una parcela edificable en el sentido del artículo 2, apartado 12, de la Ley de 27 de marzo de 2003 sobre ordenación y desarrollo territorial (texto consolidado del Diario Oficial de 2021, artículo 741, en su versión modificada),

> acuerdo de desarrollo.

Capital Para demora Período validez Base legal
8 10 a partir del 9 de octubre de 2025 Diario Oficial del NBP de 2025, artículo 22
8.25 10.25 a partir del 4 de septiembre de 2025 Diario Oficial del NBP de 2025, artículo 15
8.50 10.50 a partir del 3 de julio de 2025 Diario Oficial del NBP de 2025, artículo 6
8.75 10.75 del 8 de mayo de 2025 al 2 de julio de 2025 Diario Oficial del NBP de 2025, artículo 5
9.25 11.25 del 5 de octubre de 2023 al 7 de mayo de 2025 Diario Oficial del NBP de 2023, artículo 15
9.5 11.5 del 7 de septiembre de 2023 al 4 de octubre de 2023 Diario Oficial del NBP de 2023, artículo 14
10.25 12.25 del 8 de septiembre de 2022 al 6 de septiembre de 2023 Diario Oficial del NBP de 2022, artículo 16
10 12 del 8 de julio de 2022 al 7 de septiembre de 2022 Diario Oficial del NBP de 2022, artículo 15
9.5 11.5 del 9 de junio de 2022 al 7 de julio de 2022 Diario Oficial del Banco Nacional de Polonia a partir de 2022, artículo 13
8.75 10.75 del 6 de mayo al 8 de junio de 2022 Diario Oficial del Banco Nacional de Polonia A partir de 2022, artículo 11
8 10 del 7 de abril al 5 de mayo de 2022 Diario Oficial del Banco Nacional de Polonia a partir de 2022, artículo 9
7 9 del 9 de marzo al 6 de abril de 2022 Diario Oficial del Banco Nacional de Polonia a partir de 2022, artículo 5
6.25 8.25 del 9 de febrero al 8 de marzo de 2022 Diario Oficial del Banco Nacional de Polonia a partir de 2022, punto 3
5.75 7.75 del 5 de enero al 8 de febrero de 2022 Diario Oficial del Banco Nacional de Polonia A partir de 2022, artículo 1
5.25 7.25 del 9 de diciembre de 2021 al 4 de enero de 2022 Diario Oficial del NBP de 2021, artículo 17
4.75 6.75 del 4 de noviembre al 8 de diciembre de 2021 Diario Oficial del NBP de 2021, artículo 15
4 6 del 7 de octubre al 3 de noviembre de 2021 Diario Oficial del NBP de 2021, artículo 13
3.6 5.6 del 29 de mayo al 6 de octubre de 2021 Diario Oficial del NBP de 2020, artículo 10
4 6 del 9 de abril de 2020 al 28 de mayo de 2021 Diario Oficial del NBP de 2020, artículo 7
4.5 6.5 del 8 de marzo al 8 de abril de 2020 Diario Oficial del NBP de 2020, artículo 4
5 7 del 1 de enero de 2016 al 17 de marzo de 2020 Revista de Leyes de 2016, artículo 47
8 del 23 de diciembre de 2014 al 31 de diciembre de 2015 Diario Oficial de 2014, artículo 1858
Intereses por mora en el pago de impuestos atrasados
Tasa (por ciento) Período validez Base legal
12 a partir del 9 de octubre de 2025 MP de 2025, artículo 1105
12.5 a partir del 4 de septiembre de 2025 MP de 2025, artículo 950
13 a partir del 3 de julio de 2025 MP de 2025, artículo 647
13.5 del 8 de mayo al 2 de julio de 2025 MP de 2025, punto 457
14.5 del 5 de octubre de 2023 al 7 de mayo de 2025 MP de 2023, punto 1101
15 del 7 de septiembre al 4 de octubre de 2023 MP de 2023, punto 1017
16.5 del 8 de septiembre de 2022 al 6 de septiembre de 2023 MP de 2022, artículo 905
16 del 8 de julio al 7 de septiembre de 2022 MP de 2022, punto 679
15 del 9 de junio al 7 de julio de 2022 MP de 2022, punto 607
13.5 del 6 de mayo al 8 de junio de 2022 MP de 2022, punto 468
12 del 7 de abril al 5 de mayo de 2022 Diputado del 2022, punto 398
10 del 9 de marzo al 6 de abril de 2022 MP de 2022, punto 339
8.5 del 9 de febrero al 8 de marzo de 2022 MP de 2022, punto 220
8 del 9 de octubre de 2014 al 8 de febrero de 2022 MP de 2014, artículo 905
10 a partir del 4 de julio de 2013 hasta el 8 de octubre de 2014 MP de 2013, artículo 596
10.5 del 6 de junio al 3 de julio de 2013 Diputado de 2013, artículo 537
11 del 9 de mayo al 5 de junio de 2013 Diputado de 2013, artículo 442
1 del 7 de marzo al 8 de mayo de 201 Diputado de 2013, artículo 163

Nota: El tipo de interés está vigente a 30 de octubre de 2025. Si el Consejo de Política Monetaria decide modificar los tipos de interés después de esta fecha, esto afectará al importe de los intereses sobre los atrasos tributarios.

Reducción de los intereses de demora en los impuestos atrasados
Tasa (por ciento) Periodo de validez Base legal
6 a partir del 9 de octubre de 2025 MP de 2025, artículo 1105
6.25 a partir del 4 de septiembre de 2025 MP de 2025, artículo 950
6.5 a partir del 3 de julio de 2025 MP de 2025, artículo 647
6.75 del 8 de mayo al 2 de julio de 2025 MP de 2025, punto 457
7.25 del 5 de octubre de 2023 al 7 de mayo de 2025 MP de 2023, punto 1101
7.5 del 7 de septiembre al 4 de octubre de 2023 MP de 2023, punto 1017
8.25 del 8 de septiembre de 2022 al 6 de septiembre de 2023 MP de 2022, artículo 905
8 del 8 de julio al 7 de septiembre de 2022 MP de 2022, punto 679
7.5 del 9 de junio al 7 de julio de 2022 MP de 2022, punto 607
6.75 del 6 de mayo al 8 de junio de 2022 MP de 2022, punto 468
6 del 7 de abril al 5 de mayo de 2022 Diputado del 2022, punto 398
5 del 9 de marzo al 6 de abril de 2022 MP de 2022, punto 339
4.25 del 9 de febrero al 8 de marzo de 2022 MP de 2022, punto 46
4 a partir del 1 de enero de 2016 Diputado de 2016, punto 20
6 a partir del 9 de octubre de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015 MP de 2014, artículo 905
7.5 a partir del 4 de julio de 2013 hasta el 8 de octubre de 2014 MP de 2013, artículo 596
7.88 a partir del 6 de junio de 2013 hasta el 3 de julio de 2013 Diputado de 2013, artículo 537
8.25 a partir del 9 de mayo de 2013 hasta el 5 de junio de 2013 Diputado de 2013, artículo 442
PERMISOS DE TRABAJO

El empleador debe liberar al empleado del trabajo por*:

> 2 días – en caso de boda del empleado o nacimiento de su hijo o fallecimiento y funeral del cónyuge o hijo del empleado, padre, madre, padrastro o madrastra,

> un día – en caso de boda del hijo/a del empleado o fallecimiento y funeral de su hermana, hermano, suegra, suegro, abuela, abuelo o cualquier otra persona a la que el empleado mantenga o que esté bajo su cuidado directo,

> 6 días durante un año calendario – convocado para desempeñar funciones de experto en procedimientos administrativos, preparatorios penales o judiciales o ante una junta de infracciones menores,

> hasta 5 días por año calendario de licencia adicional para cuidados – para brindar la atención personal o el apoyo necesarios por razones médicas graves a familiares u otras personas (siempre que vivan juntas) (Artículo 173 § 1 del Código Laboral)

> 2 días o 16 horas por año calendario de licencia por fuerza mayor – cuando la presencia inmediata del empleado es necesaria debido a fuerza mayor en asuntos familiares urgentes causados ​​por enfermedad o accidente (Artículo 1481 del Código Laboral)

> el tiempo necesario para dirimir la cuestión objeto de la citación – citado a comparecer personalmente ante la autoridad competente en el marco del deber general de defensa,

> el tiempo necesario para realizar los exámenes médicos y las vacunaciones obligatorias previstas en los reglamentos sobre la lucha contra las enfermedades infecciosas, la lucha contra la tuberculosis y la lucha contra las enfermedades venéreas,

> czas niezbędny do wzięcia udziału w posiedzeniu komisji pojednawczej w charakterze członka tej komisji – pracownika będącego stroną lub świadkiem w postępowaniu pojednawczym,

> wystąpienie w charakterze świadka w postępowaniu kontrolnym prowadzonym przez Najwyższą Izbę Kontroli i pracownika powołanego do udziału w tym postępowaniu w charakterze specjalisty,

> czas niezbędny do uczestniczenia w działaniach ratowniczych i do wypoczynku koniecznego po ich zakończeniu – pracownika będącego członkiem ochotniczej straży pożarnej

> 6 dni w ciągu roku kalendarzowego łącznie na szkolenie pożarnicze – członek ochotniczej straży pożarnej,

> czas niezbędny do uczestniczenia w akcji ratowniczej i do wypoczynku koniecznego po jej zakończeniu – pracownika będącego ratownikiem Górskiego Ochotniczego Pogotowia Ratunkowego,

> czas wyznaczenia przez przewodniczącego Państwowej Komisji Badania Wypadków Kolejowych do udziału w postępowaniu – pracownika będącego członkiem doraźnym Państwowej Komisji Badania Wypadków Kolejowych, ujętym na liście ministra transportu,

> czas niezbędny do uczestniczenia w akcji ratowniczej i do wypoczynku koniecznego po jej zakończeniu oraz na czas udziału w szkoleniach organizowanych przez Morską Służbę Poszukiwania i Ratownictwa – pracownika będącego członkiem ochotniczej drużyny ratowniczej działającej w brzegowej stacji ratowniczej Morskiej Służby Poszukiwania i Ratownictwa,

> czas wykonywania obowiązku świadczeń osobistych, w trybie i na warunkach przewidzianych w odrębnych przepisach.

* wg rozporządzenia ministra pracy i polityki socjalnej z 15 czerwca 1996 r. w sprawie sposobu usprawiedliwiania nieobecności w pracy oraz udzielania pracownikom zwolnień od pracy (tekst jedn. DzU z 2014 r., poz. 1632)

TERMINY ROZLICZEŃ Z PFRON

> do 31 października (piątek) osoby niepełnosprawne, które prowadzą działalność gospodarczą, przekazują wniosek do PFRON o refundację zapłaconych składek emerytalno-rentowych za sierpień 2025 r.,

> do 20 listopada (czwartek) pracodawcy regulują wpłaty na PFRON za październik 2025 r.,

> do 25 listopada (wtorek) pracodawcy wysyłają do PFRON wnioski Wn-D i załączniki INF-DP oraz INF-O-PP o dofinansowanie miesięcznych wynagrodzeń niepełnosprawnych pracowników za październik 2025 r.,

> do 1 grudnia (poniedziałek) osoby niepełnosprawne, które prowadzą działalność gospodarczą, przekazują wniosek do PFRON o refundację zapłaconych składek emerytalno-rentowych za wrzesień 2025 r.

WPŁATY NA PFRON

OD 1 WRZEŚNIA DO 30 LISTOPADA 2025 R.

Pracodawcy, którzy zatrudniają co najmniej 25 pracowników w przeliczeniu na pełny wymiar czasu pracy, co miesiąc muszą wpłacać określone kwoty na Państwowy Fundusz Rehabilitacji Osób Niepełnosprawnych.

Opłata ta stanowi iloczyn 40,65 proc. przeciętnego wynagrodzenia i liczby pracowników, która odpowiada różnicy między zatrudnieniem zapewniającym osiągnięcie wskaźnika zatrudnienia osób niepełnosprawnych w wysokości 6 proc . a rzeczywistym zatrudnieniem osób niepełnosprawnych. Obecnie do obliczenia wpłat na PFRON przyjmuje się kwotę 8748,63 zł.

Wsparcie dla zatrudniających niepełnosprawnych
Grados niepełnosprawności Maksymalne kwoty dofinansowań od 1 lipca 2024 r.
stopień znaczny 2760 zł
ze schorzeniem specjalnym 4140 zł
stopień umiarkowany 1550 zł
ze schorzeniem specjalnym 2585 zł
stopień lekki 575 PLN
stopień lekki ze schorzeniem specjalnym 1265 zł

* zgodnie z ustawą z 5 grudnia 2024 r. o zmianie ustawy o rehabilitacji zawodowej i społecznej oraz zatrudnianiu osób niepełnosprawnych (DzU z 2024 r., poz. 1961), która weszła w życie 1 stycznia 2025 r., ale uprawnienia do dopłaty za zatrudnianie niepełnosprawnych obowiązują z mocą wsteczną od 1 lipca 2024 r.

Kwoty wolne od potrąceń z wynagrodzenia za pracę od 1 stycznia do 31 grudnia 2025 r. (w zł; cały etat dla pracowników, którzy nie korzystają ze zwolnień podatkowych i zrezygnowali z Pracowniczych Planów Kapitałowych)*
Rodzaj potrącenia Básico koszty uzyskania przychodu (250 zł) z PIT-2 Podstawowe koszty uzyskania przychodu (250 zł) bez PIT-2 Podwyższone koszty uzyskania przychodu (300 zł) z PIT-2 Podwyższone koszty uzyskania przychodu (300 zł) bez PIT-2
OBOWIĄZKOWE - świadczenia niealimentacyjne (100 proc.) 3510,92 3210,92 3516,92 3516,92
OBOWIĄZKOWE - zaliczki pieniężne dla pracownika (75 proc.) 2633,19 2408,19 2637,69 2412,69
OBOWIĄZKOWE - kary pieniężne (90 proc.) 3159,83 2889,83 3165,23 2895,23
DOBROWOLNE - należności dla pracodawcy (100 proc.) 3510,92 3210,92 3516,92 3516,92
DOBROWOLNE - należności dla innych podmiotów (80 proc.) 2808,74 2568,74 2813,54 2573,54

* liczone dla 4666 zł, czyli minimalnego wynagrodzenia za pracę obowiązującego od 1 stycznia do 31 grudnia 2025 r. i 12-proc. stawki podatku oraz PIT-2 uprawniającego do stosowania 1/12 kwoty wolnej

Ważne limity na 2025 rok
Rango w zł* en euros
Wartość sprzedaży uprawniająca do korzystania ze zwolnienia od VAT 200.000
Wartość wewnątrzwspólnotowego nabycia uprawniająca do wyłączenia od podatku VAT 50.000
Wartość sprzedaży uprawniająca do statusu małego podatnika VAT 8 569 000 2.000.000
Wartość sprzedaży uprawniająca do statusu małego podatnika PIT, CIT 8 569 000 2.000.000
Kwota prowizji uzyskana przez podatnika VAT uprawniająca do korzystania ze statusu małego pośrednika 193.000 45.000
Możliwość opłacania podatku w formie ryczałtu od przychodów ewidencjonowanych 8 569 200 2.000.000
Kwartalne wpłaty ryczałtu od przychodów ewidencjonowanych 856 920 200.000
Kwota przychodów za rok poprzedni zobowiązująca do prowadzenia ksiąg rachunkowych 8 569 000** 2.000.000
Jednorazowa amortyzacja w ramach ayuda de minimis 214.000 50.000

* według średniego kursu euro ogłoszonego przez NBP 1 października 2024 r. (4,2846 zł)

** zgodnie z ustawą z 6 grudnia 2024 r. o zmianie ustawy o rachunkowości, ustawy o biegłych rewidentach, firmach audytorskich oraz nadzorze publicznym oraz niektórych innych ustaw, która czeka na podpis prezydenta, od 1 stycznia te limity wyniosą odpowiednio: 10 711 500 zł i 2 500 000 euro

Zakładowy fundusz świadczeń socjalnych – odpisy w 2025 r. (w zł)
Tipo odpisu o zwiększenia Por ciento lo esencial wymiaru podstawa 7262,39*
OBOWIĄZKOWY - za zatrudnionego w normalnych warunkach 37,5 proc. 2723,40
OBOWIĄZKOWY - za wykonującego pracę w szczególnych warunkach lub pracę o szczególnym charakterze 50 proc. 3631,20
OBOWIĄZKOWY - za młodocianego w I roku nauki – 5 proc. w II roku nauki – 6 proc. w III roku nauki – 7 proc. • w I roku nauki – 363,12 zł • w II roku – 435,74 zł • w III roku – 508,37 zł
DOBROWOLNY - za byłego pracownika – emeryta lub rencistę zwiększenie zfśs o 6,25 proc o 453,90
DOBROWOLNY - za niepełnosprawnego umiarkowanie lub mucho podniesienie odpisu o 6,25 proc., czyli łącznie do 43,75 proc. o 453,90
DOBROWOLNY - z tytułu utworzenia zakładowego żłobka lub klubu dziecięcego i przeznaczenia na ten cel 7,5 proc. odpisu podstawowego oraz przeznaczenia całości zwiększenia na żłobek lub klub aumentar zfśs na każdego empleado o 7,5 proc. o 544,68

* prezes GUS ogłosił w obwieszczeniu z 19 lutego 2025 r., że przeciętne wynagrodzenie miesięczne w gospodarce narodowej, pomniejszone o potrącone od ubezpieczonych składki na ubezpieczenia emerytalne, rentowe oraz chorobowe, w 2024 r. wyniosło 7140,52 zł, aw drugim półroczu 2024 r. wyniosło 7262,39 zł.

ŚCIĄGAWKA PRZEDSIĘBIORCY NA GRUDZIEŃ 2025 R. UKAŻE SIĘ 27 LISTOPADA 2025 R.

RP

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